APORTE SEMANA 3 DERECHO LABORAL COLECTIVO

 ¿Qué sería de Colombia sin los sindicatos?


                    APORTE SEMANA 3 DERECHO LABORAL COLECTIVO
 ¿Qué sería de Colombia sin los sindicatos?
                              

"La libertad sindical es un derecho reconocido en los instrumentos internacionales fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo y en la Constitución Política de Colombia, como piedra angular del sistema de relaciones laborales a partir de papel protagónico que se asigna al sindicato como depositario de la representatividad de los trabajadores para construir derechos, superiores a los reconocidos en la ley, a través de la negociación colectiva y la huelga que constituyen las principales herramientas que se otorgan para este fin.
Documentos históricos como el Tratado de Versalles que enmarcan la terminación de la primera guerra mundial en 1919, reconoce como principio de garantía de paz mundial “el derecho de asociación con respecto a todos los objetos no contrarios a las leyes, tanto para los asalariados como para los patronos”.
En Colombia, desde el surgimiento del movimiento sindical el contexto de violencia ha sido característica del desarrollo del ejercicio de los derechos colectivos, marcados en el período de formación por la histórica masacre de la bananeras en 1928 que derivó de la intervención militar en el conflicto laboral consecuecial a un pliego reivincativo de 9 puntos (reconocimiento de mejoras salariales, contratacion directa y coberura en accidentes de trabajo, entre otros) presentado por la Unión Sindical de Trabajadores del Magdalena a la empresa United Fruit Company.


A pesar de un sistema de regulación adverso que establece la fuerte intervención del Estado en la actividad sindical en el Código Sustantivo del Trabajo, que contrariaba los convenios 87 y 98 de la OIT sobre libertad sindicial, el sindicalismo colombiano ha podido mantener el espacio de representación de los trabajadores para el logro de reivincaciones sociales en el ámbito laboral.

Los sindicatos en nuestro país, han tenido que sortear el sistema que estimula la negociación colectiva descentralizada, esto es, por cada empresa en detrimento de los estímulos a la representatividad del sindicato que en modelos de negociación sectorial o por ramas de actividad, se ha demostrado, constituye una fórmula saludable de corrección del dumping social y la cobertura de las condiciones laborales de los trabajadores a través de los canales de representación sindical sectorial.

El sindicato en Colombia, a pesar del contexto adverso, ha sido protagonista de las principales manifestaciones en defensa de los principios democráticos cuando alcanzó niveles históricos de representatividad del 17%, que enmarcó el famoso paro nacional del 14 de septiembre de 1977 que fue acompañado masivamente por la ciudadanía desafiando el Estado de Sitio decretado por el presidente Alfonso López Michelsen que restringía las libertades ciudadanas.

En Colombia la tasa de afiliación sindical del 4,4% resulta especialmente baja dificultando la acción sindical como mecanismo de equiibrio de la relación entre el capital y el trabajo como consecuencia de la creciente informalidad laboral, el modelo que estimula la creación de organizaciones en prejuicio de la representatividad, y la presencia de violencia antisindical.

En efecto, con una tasa de informalidad del 65% en Colombia el acceso a derechos individuales y colectivos resulta especialmente difícil reduciendo el ejercicio de la libertad sindical, el sistema colectivo otorga garantías a la organización sindical sin perjuicio de la representatividad bajo un esquema de negociación por empresa, que acompañan un escenario de violencia, que refleja 146 asesinatos en el año 2016 y 120 en lo que va corrido en el año 2017.

En adición a lo anterior, en Colombia el sistema permite la negociación directa en detrimento de la afiliación sindical a través de los denominados pactos colectivos que son utilizados para desincentivar la negociación colectiva sindical por conducto de las convenciones colectivas que se ven debilitadas por el crecimiento exponencial de los pactos y contratos sindicales.

En un contexto de producción globalizado y progresivamente desregularizado, el sindicato traslada el espacio nacional de reivindicación a la participación en escenarios de intervención supranacional, para representar globalmente a los trabajadores en un sistema de producción transnacional.

El sindicato, representante de los intereses de los trabajadores en el ámbito laboral, representa un centro democrático y político que ha participado de la historia en el mundo y Colombia como protagonista del sistema de construcción de derechos como método de equilibrio social."



PORTAFOLIO. (Octubre 26 de 2017 - 03:18PM). ¿Que seria de Colombia sin los sindicatos?. Recuperado de: http://www.portafolio.co/negocios/que-pasaria-si-en-colombia-no-existieran-los-sindicatos-511032






"Libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva"




"La libertad de asociación, la libertad sindical y la libertad de negociación colectiva son derechos fundamentales. Hunden sus raíces en la Constitución de la OIT así como en la Declaración de Filadelfia, anexa a ella. La comunidad internacional reafirmó el valor medular de estos derechos, especialmente en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Social celebrada en Copenhague en 1995 y en la Declaración de la OIT de 1998 relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento. Estos derechos habilitantes hacen posible promover unas condiciones de trabajo decentes y hacerlas realidad. La Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa, adoptada en 2008, subraya que la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva son particularmente importantes para permitir el logro de todos los objetivos estratégicos de la OIT.
La existencia de organizaciones de trabajadores y de empleadores fuertes e independientes y el efectivo reconocimiento del derecho de negociación colectiva son herramientas esenciales para la gobernanza del mercado laboral. La negociación colectiva es un medio de alcanzar soluciones favorables y productivas en las relaciones entre trabajadores y empleadores que pueden ser conflictivas. Proporciona medios para generar confianza entre las partes mediante la negociación, mediante la articulación y la satisfacción de los intereses diversos de las partes negociadoras. La negociación colectiva desempeña esta función mediante la promoción de una participación pacífica, integradora y democrática de las organizaciones representativas de trabajadores y de empleadores.
Si la negociación colectiva sigue revistiendo tanta importancia en el siglo XXI es por las posibilidades que ofrece, al ser un instrumento potente para lograr un compromiso entre los empleadores y los trabajadores con objeto de atender las preocupaciones económicas y sociales. Puede reforzar la voz de las partes débiles y reducir la pobreza y las desventajas sociales. Estos objetivos pueden alcanzarse mediante la negociación colectiva para atender las necesidades de las partes y promover acuerdos voluntarios que permitan sostener el bienestar de las personas y las empresas.
El reconocimiento del derecho a la negociación colectiva es esencial para la representación de los intereses colectivos. Esta negociación se basa en la libertad sindical y da cuerpo a la representación colectiva. Además, puede desempeñar un papel importante para mejorar los resultados de las empresas, gestionar el cambio y desarrollar relaciones laborales armoniosas.
La negociación colectiva, como instrumento que propicia el acuerdo entre trabajadores y empleadores sobre las cuestiones que afectan al mundo del trabajo, está vinculada indisolublemente a la libertad sindical. El derecho de los trabajadores y de los empleadores de constituir organizaciones independientes es un presupuesto fundamental de la negociación colectiva y el diálogo social. El derecho de huelga ha sido reconocido internacionalmente como un derecho fundamental de los trabajadores y de sus organizaciones y como un corolario indisociable del derecho de sindicación. Sin embargo, aún hay en todo el mundo millones de personas que no gozan de esos derechos, e incluso cuando éstos son reconocidos, siguen presentándose obstáculos para su aplicación. En algunos países se deniega a determinadas categorías de trabajadores el derecho de sindicación, se suspenden ilegalmente organizaciones de trabajadores y empleadores, o los asuntos internos de éstas son objeto de injerencia. En casos extremos, los sindicalistas son víctimas de amenazas, detenidos, e incluso asesinados.
El ejercicio de los derechos de libertad sindical y de negociación colectiva requiere un entorno habilitante y propicio. Este presupone esencialmente la existencia de un marco legislativo que brinde la protección y garantías necesarias, prevea instituciones destinadas a facilitar la negociación colectiva y resolver los conflictos que puedan presentarse, garantice una administración de trabajo eficiente y, factor de suma importancia, potencie la existencia de organizaciones de trabajadores y de empleadores sólidas y eficaces. Los gobiernos tienen un papel capital que desempeñar para ofrecer un marco de esta índole."



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